Seguridad Social confirma que miles de autónomos deben comunicar sus datos antes del 31 de marzo
Según se recoge en dicha orden, los autónomos obligados a comunicar los datos son los siguientes:
- Autónomos societarios.
- Autónomos al frente de una comunidad de bienes o sociedad civil.
- Trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE).
- Autónomos colaboradores.
- Autónomos profesionales que estén colegiados de forma obligatoria.
- Autónomo principal con colaboradores a su cargo: en este caso, “debe comunicar el nombre, los apellidos y el NIF de estos autónomos colaboradores”, recordó Carlos Piñero, director del área jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).
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